Contratando los servicios de CANARIAS LOGÍSTICA, su empresa puede beneficiarse de las múltiples ventajas de la Zona Franca:
Exención de los derechos de importación durante la permanencia de la mercancía en nuestras instalaciones.
Exención de impuestos indirectos IGIC (Canarias), IVA (España-UE) e ITBM (Panamá) para mercancías en nuestros depósitos y para los servicios prestados sobre ella.
Cobro anticipado de las restituciones a la exportación de las mercancías comunitarias acogidas a estos beneficios.
No aplicación de medidas de política comercial comunitaria como contingentes o restricciones de cualquier tipo.
Posibilidad de introducir cualquier mercancía con independencia de su naturaleza, cantidad, origen, procedencia o destino, sin limitación en la duración de su estancia.
Operaciones sometidas a Tráfico de Perfeccionamiento Activo en aquellas mercancías no comunitarias que deban ser sometidas a transformación y que vuelvan a ser reexportadas, sin exigencia de garantías, avales ni otros gastos. Operaciones de Tráfico de Perfeccionamiento Activo y Pasivo.
Operaciones de transformación bajo control aduanero con mercancías originarias de terceros países, que requieran una transformación previa a su introducción en territorio aduanero o nacionalizar.
Operaciones triangulares de comercio.
Exención en el cumplimiento de las condiciones económicas que regulan el régimen de perfeccionamiento activo.
Las empresas establecidas en la Zona Franca de Gran Canaria pueden acogerse a los incentivos fiscales propios de Canarias. Así como las empresas establecidas en el Área Económica Especial Panamá – Pacífico (Zona Franca River Islas Canarias), también pueden acogerse a los incentivos fiscales y migratorios propios del Área.
Zona autorizada para empresas ZEC.(Baja fiscalidad).